ACTA No. 1.- En Montevideo, el día 22 de mayo del año dos mil catorce, se reúnen las personas abajo firmantes, bajo la Presidencia de la Dra. María Margarita García Rizzo, actuando en Secretaría el Dr. Edison Ariel Fontana Ribolla, quienes deciden fundar una asociación civil que se denominará:
“ASOCIACIÓN URUGUAYA DE MEDICINA REGENERATIVA E INGENIERÍA DE TEJIDOS” y cuyos estatutos, que por unanimidad se aprueban, serán los siguientes:
Capítulo I. Constitución. Artículo 1º.- (Denominación y domicilio). Con el nombre de “ASOCIACIÓN URUGUAYA DE MEDICINA REGENERATIVA E INGENIERÍA DE TEJIDOS” (A.U.M.R.I.T.) créase una asociación civil sin fines de lucro que se regirá por los presentes estatutos y por las leyes y reglamentos aplicables. Su sede será en el Departamento de Montevideo, sin perjuicio de otras dependencias que se puedan establecer en otras partes del territorio nacional.
La institución tendrá los siguientes fines:
A) Promover el avance de la investigación científica en las ciencias médicas y naturales con criterio de desarrollo tecnológico.
B) Impulsar proyectos científicos en coordinación con sectores vinculados a la investigación a nivel nacional e internacional.
C) la distribución de ayuda económica a los proyectos científicos que se encuentran dentro del objeto de la asociación.
D) Promover la difusión de los logros médicos alcanzados en las áreas de investigación, fomentando la interrelación científico-tecnológica con otras instituciones nacionales y/o extranjeras que actúan dentro de los objetivos mencionados.